Buenas noticias para los opositores que esperan la resolución definitiva del proceso selectivo del Tribunal Único en Extremadura. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dictado una sentencia con fecha de este viernes, 6 de noviembre, mediante la cual desestima íntegramente el recurso presentado por el aspirante que había provocado la suspensión cautelarísima del proceso.
La resolución judicial respalda por completo la actuación de la Administración autonómica y pone fin al litigio en primera instancia, confirmando la legalidad de impedir que un candidato de una convocatoria anterior trasladara su nota y participara en la adjudicación de plazas de un proceso completamente distinto.
A continuación, te desglosamos los puntos clave de esta sentencia y qué supone para el futuro inmediato del procedimiento:
1. ¿Qué dice exactamente la sentencia del TSJEx?
- Independencia entre convocatorias: Los magistrados concluyen que las convocatorias de 2023 y 2025 son «compartimentos estancos» y totalmente independientes. Por tanto, un aspirante no puede trasladar la puntuación obtenida en la fase de oposición de un proceso anterior para competir y elegir destino en otro diferente.
- El caso de la fuerza mayor: La Sala reconoce que la enfermedad grave que sufrió el opositor justificaba debidamente su aplazamiento para realizar el curso selectivo posterior, pero matiza que dicha causa de fuerza mayor no le otorga derechos sobre las plazas de otra oposición distinta, ni permite incorporar plazas vacantes de procesos pasados (como el caso de Segura de León) a la nueva macroconvocatoria.
- Desestimación y costas: Al rechazar íntegramente la demanda, el tribunal confirma la resolución administrativa de la Junta e impone las costas judiciales al recurrente.
2. ¿Cómo se llegó a esta situación?
El conflicto se originó cuando un aspirante de la convocatoria de abril de 2023 (que aprobó con un 8,383 y era funcionario en prácticas en Zafra) sufrió una baja médica durante su curso selectivo en 2025. Aunque la Junta le permitió repetir el curso más adelante, le denegó la posibilidad de convalidar su nota para la nueva convocatoria de julio de 2025 y reclamar plazas vacantes antiguas, lo que motivó su recurso judicial por vía de urgencia y la posterior paralización temporal del acto previsto para el pasado 30 de octubre.
3. ¿Qué ocurre ahora con el acto de elección de destinos?
Aunque la sentencia respalda firmemente los argumentos de la Junta de Extremadura, el fallo no fija de manera expresa una fecha inmediata para reanudar la elección de destinos ni levanta formalmente de forma automática los efectos de la anterior suspensión cautelar en el plano operativo, por lo que habrá que aguardar a las próximas comunicaciones oficiales para conocer el día en que se retomará el acto en la Escuela de Administración Pública de Mérida.
Mientras tanto, la normativa permite que los agentes continúen prestando servicio con total normalidad en sus destinos actuales como funcionarios en prácticas. Cabe destacar que la sentencia no es firme, ya que contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días.
Beneficios y tranquilidad para nuestros opositores
Este aval judicial supone un soplo de aire fresco para el conjunto de los aspirantes aprobados, ya que el tribunal corrobora que las reglas del juego de la convocatoria se han aplicado correctamente y protege la seguridad jurídica del procedimiento.
Desde nuestra plataforma seguiremos muy pendientes de la publicación de la nueva fecha oficial para la elección de destinos definitivos. ¡El trabajo y el esfuerzo de todos los aprobados siguen dando sus frutos!

