Mañana, 1 de octubre, entra plenamente en vigor (algunos puntos todavia no) una de las actualizaciones normativas más relevantes para el tráfico y la seguridad vial: el paquete de medidas introducido por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación (RGC) en materia de protección a usuarios vulnerables.
Para quienes están preparando las oposiciones de Policía Local, dominar el articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV) y su desarrollo reglamentario en el Reglamento General de Circulación (RGC) es la clave para marcar la diferencia frente al tribunal. Por ello, desglosamos en exclusiva los puntos críticos de la recientísima Instrucción SANC 2026/25 de la DGT, una norma de interpretación interna que será objeto directo de pregunta de examen.
Puntos Clave de la Instrucción SANC 2026/25: Calzado Cerrado y Guantes de Protección
La Instrucción SANC 2026/25, dictada por la Dirección General de Tráfico, fija el criterio sancionador oficial sobre dos nuevas exigencias para usuarios de motocicletas (con o sin sidecar), ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads.
1. Régimen del «Calzado Cerrado» (Art. 118.1.c RGC)
- Ámbito de aplicación: Es obligatorio en todo tipo de vías (tanto urbanas como interurbanas).
- Afectados: Aplica por igual a conductores y pasajeros.
- Exigencia técnica y concepto legal: El calzado NO está sujeto a ningún reglamento de homologación ni certificación. La intención de la norma no es exigir botas de impacto, sino evitar elementos que comprometan el control del vehículo (como ir descalzo o en «chanclas»). Jurídicamente, se considera «calzado cerrado» aquel que disponga de algún tipo de sujeción de los dedos y del talón.
- Consecuencia sancionadora: Por principio de proporcionalidad, la infracción por no usar calzado cerrado NO conlleva detracción de puntos del permiso de conducir.
2. Régimen de los «Guantes de Protección» (Art. 118.1.b RGC)
- Ámbito de aplicación: Es obligatorio únicamente en vías interurbanas.
- Afectados: Aplica a conductores y pasajeros de los vehículos indicados.
- Exigencia técnica: Hasta que el Ministerio del Interior apruebe la Orden Ministerial que regule sus especificaciones técnicas específicas, y en virtud de la Disposición Transitoria 2ª del RD 518/2026, no se exigen requisitos técnicos ni de homologación. Son válidos los guantes de uso común.
- Consecuencia sancionadora: La infracción por no utilizar guantes en vías interurbanas NO conlleva detracción de puntos del permiso de conducir.
Aspectos Críticos para el Examen de Policía Local
Las trampas de los exámenes oficiales tipo test se fundamentan en los matices normativos. Los aspectos esenciales que no se deben pasar por alto son:
- Jerarquía Normativa: La norma base es la LSV, cuyo desarrollo reglamentario se plasma en el RGC (modificado por el RD 518/2026) e interpretado formalmente mediante la Instrucción SANC 2026/25 de la DGT.
- Diferencia con el Casco: A diferencia de la falta de uso del casco de protección (que resta puntos de la autorización administrativa), el incumplimiento respecto a los guantes o al calzado es una infracción sin pérdida de puntos.
- Asimetría de Vías: El calzado cerrado se exige en cualquier vía; los guantes se exigen exclusivamente en vías interurbanas.
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