OPOSICION DE LA POLICIA LOCAL DE VILLANUEVA DE LA SERENA

oposición de la policía local de villanueva de la serena
VILLANUEVA DE LA SERENA

3 NUEVAS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA

Se publican las bases para cubrir 3 nuevas plazas de Agente de la Policia Local de Extremadura para el Municipio de Villanueva de la Serena.

Estas 3 nuevas plazas se van a cubrir por el sistema de movilidad.

Requisitos de los Opositores.

Además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función pública, los aspirantes deberán reunir para participar en este proceso selectivo los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con categoría de Agente u Oficial.

b) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.

c) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo como funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del municipio de procedencia, en las categorías indicadas de Agente u Oficial.

d) Que al interesado le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda actividad por petición propia.

e) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

Los requisitos anteriores deberán cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las presentes bases.

Concurso de meritos

1. Experiencia profesional

Hasta un máximo de 3 puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios prestados como funcionario de carrera en las categorías de Agente u Oficial en los Cuerpos o plantillas de Policía Local de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los servicios prestados deberán acreditarse mediante certificaciones acreditativas de los respectivos nombramientos y tomas de posesión.

2. Titulaciones académicas (hasta un máximo de 1 punto), con arreglo a la siguiente escala:

– Por estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de doctor: 1 punto.

– Por estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de máster universitario: 0,75 puntos.

– Por estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de licenciado: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de grado: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de diplomado o equivalente: 0,25 puntos.

Todas las titulaciones deberán estar relacionadas, directa o indirectamente, con la función policial.

3. Formación.

3.1. De carácter general (hasta un máximo de 8 puntos), consistente en haber participado y superado cursos relacionados con el puesto de trabajo a cubrir en esta convocatoria, organizados por Administraciones Públicas, entidades u organismos al amparo de convenios de colaboración con aquéllas, con arreglo a la siguiente escala:

– Sin especificar el número de horas: 0,05 puntos.

– Hasta 20 horas: 0,10 puntos.

– De 21 a 49 horas: 0,15 puntos.

– De 50 a 74 horas: 0,20 puntos.

– De 75 a 99 horas: 0,30 puntos.

– De 100 a 149 horas: 0,40 puntos.

– De 150 a 199 horas: 0,50 puntos.

– De 200 o más horas: 1,00 puntos.

No se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

En los documentos acreditativos de la superación de los cursos deberá hacerse constar el contenido del curso y la duración del mismo, con especificación clara de las horas impartidas.

Los cursos serán justificados con el correspondiente certificado o diploma de superación del curso, en el que consten las firmas del secretario, gerente o coordinador, con el visto bueno del responsable de la entidad que imparte el curso, así como el sello de la misma.

En los certificados o diplomas en que se acrediten las horas mediante créditos y en estos no se determine el número de horas que corresponde a cada uno de ellos, se entenderá que equivale a diez horas por crédito.

4. Por agrupación familiar

Hasta un máximo de 3 puntos, mérito este que será valorable para el personal funcionario de Policía Local que participe en este proceso y cuyo cónyuge o pareja de hecho resida y esté inscrita en el padrón del municipio de Villanueva de la Serena con una antigüedad de al menos tres años a la finalización del plazo de presentación de instancias, por estar desempeñando un puesto de trabajo como funcionario de carrera o laboral fijo en cualquier Administración Pública u organismos públicos o entidades de Derecho Público dependientes o vinculadas a ellas, u órganos del Poder Judicial.

La circunstancia de agrupación familiar se acreditará mediante certificaciones expedidas por los órganos competentes, comprensivas de los extremos anteriormente indicados.

3 NUEVAS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA

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